Claustro

Oct 1, 2019

En el siguiente documento se especifican las siguientes cuestiones relativas al claustro de profesores:

¿Qué es?

El Claustro de profesores es el órgano propio de participación de los profesores en el control y gestión del Centro y tiene la responsabilidad de planificar, coordinar, informar y, en su caso, decidir sobre todos los aspectos docentes del Centro.

¿Quién lo forma?

El Claustro está presidido por el Director y está integrado por la totalidad de los profesores que prestan servicio en el Centro.

Atribuciones

El Claustro de profesores tiene las siguientes atribuciones:

  • Formular al equipo directivo propuestas para la elaboración de la Programación General Anual, así como evaluar su aplicación.
  • Formular propuestas al Consejo Escolar para la elaboración del Proyecto Educativo e informar, antes de su aprobación, de los aspectos relativos a la organización y planificación docente.
  • Informar el proyecto de reglamento de régimen interior del Centro.
  • Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación pedagógica y en la formación del profesorado del Centro.
  • Elegir sus representantes en el Consejo Escolar del Centro y en la Comisión de Selección de Director prevista en el artículo 88 de esta Ley.
  • Coordinar las funciones referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los alumnos.
  • Analizar y valorar el funcionamiento general del Centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de la evaluación que del Centro realice la Administración educativa, así como cualquier otro informe referente a la marcha del mismo.
  • Ser informado por el Director de la aplicación del régimen disciplinario del Centro.
  • Ser informado de la propuesta a la Administración educativa del nombramiento y cese de los miembros del equipo directivo.
  • Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el Centro.
  • Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa.
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